Antecedentes del proceso de intervención en programas PRM (Aspectos transversales, objetivos, vías de ingreso y fases del proceso)

Objetivos PRM Llequen

Contribuir al proceso reparatorio de niños, niñas y adolescentes que han sufrido maltrato físico o psicológico grave, constitutivo de delito y/o agresión sexual.

1. Interrumpir la situación de maltrato y/o abuso constitutivo de delito mediante la activación de mecanismos judiciales requeridos para resolver la situación legal del niño/a y facilitar el acceso a la red de justicia; 2. Favorecer el proceso de resignificación de la experiencia de maltrato o abuso del niño, niña o adolescente y el adulto responsable y 3. Fortalecer los recursos familiares y sociales para el bienestar psicológico y social del niño, niña o adolescente, víctima de maltrato y abusos.

Flujograma de ingreso y fases del proceso de atención en programas PRM.

El proceso normativo abarca un año de duración, pudiendo extenderse en el caso que se visualicen por parte de PRM situaciones que lo ameriten y el Tribunal de Familia y el Servicio de Protección Especializada lo permitan. A su vez, se destacan algunos ejes transversales:

Se mantiene constante comunicación con Tribunal de Familia por medio de la remisión de oficios e informes de avance en los plazos estipulados por la judicatura.

Se mantiene contacto con Fiscalía, a fin de dar a conocer eventuales situaciones constitutivas de delito que afecten a los niños, niñas y adolescentes que se mantienen en lista de espera y con ingreso efectivo en el dispositivo. 

Se enfatiza la importancia de la participación y opinión de los niños, niñas, adolescentes (NNA) y sus familias en el transcurso de todo el proceso, manteniéndose constantemente informados por parte de duplas psicosociales de las acciones realizadas y considerando su opinión en las acciones desplegadas, siempre y cuando éstas vayan en concordancia con el bienestar superior del NNA. Cabe señalar que se presentan medios formales para favorecer la retroalimentación con las familias, tales como buzón de opiniones y sugerencias, libro de reclamos, encuestas de satisfacción y evaluaciones periódicas del proceso terapéutico.

Vías de Ingreso

Niños, niñas o adolescentes víctima de agresión sexual o maltrato constitutivo de delito.

Solicitud de ingreso a PRM por derivación de Tribunal de Familia (TF) o por derivación de Oficinas Locales de la Niñez (OLN) en la medida que éstas se encuentren implementadas en el territorio.

Fases de la intervención

Posterior a la derivación efectuada por TF u OLN, el caso es recepcionado por PRM; dispositivo que, en caso de no contar con cupos de ingreso inmediato, ingresará el caso a la lista de espera. En dicho contexto, se evaluarán los antecedentes del caso y realizarán los primeros contactos, entrevistas y visitas domiciliarias con el grupo familiar, aplicándose criterios de priorización de ingreso. Una vez se cuente con cupos disponibles para ingreso, y considerando las priorizaciones efectuadas, se realizará el ingreso efectivo a PRM.

Una vez ingresado efectivamente el caso, este es traspasado por director/a de PRM a dupla psicosocial (trabajador/a social y psicólogo/a) que acompañará el proceso de intervención en el programa. Durante los primeros tres meses, se realizarán atenciones individuales, familiares y contacto con redes comunitarias, a fin de establecer una alianza terapéutica con el grupo familiar, actualizar y profundizar en antecedentes, interrumpir situaciones de vulneración de derechos, favorecer la elaboración de la experiencia traumática y potenciar recursos familiares. Al final de la presente fase, se co-construirá el Plan de intervención, el cual tiene una duración de tres o seis meses e incluye tres áreas de acción: individual, familiar y comunitaria. A su vez, dicho documento incluye objetivos propuestos por Tribunal, programa de Diagnóstico Clínico Especializado (DCE), PRM, el niño, niña o adolescente y sus adultos responsables.

Desde el tercer hasta el noveno mes, se ejecutará el plan de intervención construido en conjunto por profesionales del programa y el grupo familiar por medio de diversas metodologías; tales como atenciones individuales, familiares, talleres, terapia grupales y coordinaciones con redes comunitarias, buscando la obtención de avances en los objetivos propuestos.

Antes del noveno mes, dupla psicosocial evaluará los avances del proceso con el grupo familiar y dirección del programa, instancia en que:

– Si hay avances suficientes, se crea un Plan de seguimiento, con el cual se trabajará los próximos meses de cara al egreso del caso del programa.

– Si no hay avances suficientes y se mantienen situaciones de desprotección, se crea un nuevo Plan de intervención, en el cual se continúan trabajando los objetivos propuestos a nivel individual, familiar y comunitario. La duración del presente plan puede ser de 3 o 6 meses, dependiendo de las necesidades del caso.

Durante la presente fase, se ejecuta el plan de seguimiento, el cual tiene por objetivo consolidar los logros obtenidos en el proceso de intervención. A medida que se desarrolla la presente etapa, dupla psicosocial, el grupo familiar y la dirección evalúan la pertinencia del egreso del caso de PRM, efectuando acciones de cierre progresivo del proceso terapéutico.

En caso de mantenerse el logro de los objetivos, encontrarse interrumpida la situación de vulneración de derechos y cautelada la seguridad del niño, niña y/o adolescente, se solicita por parte de PRM el egreso del caso a Tribunal de Familia; organismo que, ponderando la información brindada por el programa por medio de oficios e informes de avance, puede acceder o no a dicha solicitud.

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